La Fundación CERMI Mujeres recibe con especial entusiasmo la propuesta parlamentaria de modificación de la figura de la capacidad jurídica. Esta institución, clave en la práctica de las esterilizaciones forzosas e instrumento perverso en los casos de violencia de género contra las mujeres con discapacidad, supondría un avance sustantivo para el empoderamiento del colectivo.
Con la recepción, por parte del Consejo de Ministros del informe sobre el Anteproyecto de la Ley de reforma del Código Civil en materia de personas con discapacidad, se da inicio a un proceso histórico de adecuación de la legislación sustantiva y procesal civil a los mandatos sobre igual capacidad jurídica de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.
El Anteproyecto de Ley, que inicia ahora a trámite de audiencia pública -donde seguirá participando activamente el CERMI-, ha sido elaborado por la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia y ha recibido el impulso decisivo de la titular de este Departamento, Dolores Delgado, para convertirse en unos meses, una vez supere el trámite legislativo, en Derecho positivo.
Con esta iniciativa legislativa, se da cumplimiento al mandato del artículo 12 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que obliga a los Estados parte, entre ellos España, a garantizar la igual capacidad jurídica de las personas con discapacidad en todo el tráfico jurídico sin restricciones ni exclusiones, prestando apoyos para la toma de decisiones cuando sea preciso, pero sin sustituir a la propia persona.
La reforma legal supondrá un cambio radical en cómo el Derecho civil ha entendido la discapacidad y a las personas con discapacidad, pasando del esquema paternalista y restrictivo de derechos de la sustitución al promotor de los apoyos.
En el caso de las mujeres con discapacidad, la revisión de la institución de la capacidad jurídica serviría para dejar atrás un modelo de sometimiento de la mujer a los dictados del patriarcado. En la práctica real, tal y como en reiteradas ocasiones ha denunciado la Fundación CERMI Mujeres, la incapacitación judicial de las mujeres con discapacidad es el primer paso para la esterilización forzosa, contraviniendo nuevamente el mandato de la CDPD en su artículo 17 referido a la protección de la integridad personal. De hecho y, aún a pesar de que se cuenta con la garantía de la autorización judicial, la práctica cotidiana evidencia la insuficiencia de este sistema y la tramitación muchas veces conjunta de la incapacitación judicial junto con la esterilización forzosa.
Por su parte, en el caso de la violencia de género contra mujeres con discapacidad, la incapacitación judicial es sin duda un instrumento perverso, que puede perpetuar las situaciones de violencia, así como incrementar la incidencia de la misma. Y es que la pérdida de la capacidad supone la pérdida de voz de la mujer en los procedimientos judiciales, ya que acudir siempre a la figura del representado, y puede suponer la indefensión cuando el representado es la misma persona que ejerce los actos de violencia física o moral. Además, el estigma social asociado a la discapacidad, se ve incrementado si cabe, con la consiguiente y absoluta pérdida de credibilidad ante autoridades públicas tales como Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o Servicios Sociales, entre otros.
La ruptura con este modelo, por tanto, no solo adaptaría efectivamente nuestro ordenamiento jurídico al mandato 12 de la Convención (igualdad ante la Ley), sino que supondría, además, una medida efectiva para el desarrollo personal y vital de las mujeres con discapacidad (art. 6, CDPD), así como para el mantenimiento de su integridad personal (art. 17, CDPD). Esta triple consecución pondría a España en primera fila, junto con otros países europeos como Irlanda y Suecia, que ya han procedido a la modificación de esta anticuada institución jurídica.