Lectura Inclusiva del artículo 49, en el acto Institucional de Conmemoración del 46º Aniversario de la Constitución
La reforma del Artículo 49 de la Constitución Española ha representado un éxito histórico para el movimiento de personas con discapacidad.
El cambio del término "Disminuido" a "Persona con Discapacidad" supone un verdadero cambio de paradigma, dejando atrás un enfoque asistencialista para adoptar uno basado en los derechos humanos de las personas con discapacidad.
Cuando se utilizaba el término "Disminuido", se hacía referencia a la identidad de la persona, asignándole una etiqueta estereotipada con connotaciones negativas. En cambio, hablar de una "persona con discapacidad" introduce una distinción esencial: la discapacidad se considera una característica más de la persona, y no un elemento definitorio de su identidad.
Es especialmente relevante que el nuevo Artículo 49 mencione expresamente la promoción de los derechos de las mujeres y la infancia con discapacidad, una realidad reconocida por primera vez en nuestra Carta Magna. Este nuevo texto está en plena consonancia con la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuyo Artículo 6 subraya la especial discriminación que sufren las mujeres con discapacidad y establece la obligación de los Estados de eliminar los obstáculos que impiden su plena igualdad.
El pasado 6 de diciembre, en el Acto Institucional de Conmemoración del 46.º Aniversario de la Constitución, tuve el honor de participar como una de las mujeres con discapacidad que protagonizaron la Lectura Inclusiva del Artículo 49, dando voz al:
"Apartado 2: Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles."
Fue una oportunidad única para visibilizar a las mujeres con discapacidad, representando la diversidad de las discapacidades. Porque, como bien se dice: "Lo que no se ve, no existe."